Según la orden de 28 de Julio de 2000, por la que se regulan los requisitos materiales y funcionales de los servicios y centros de Servicios Sociales de Andalucía, en el apartado 1.3 sobre requisitos funcionales, dice que existirá un reglamento de régimen interior que regulará derechos y deberes de los usuarios, reglas de funcionamiento, régimen de admisiones y bajas; horarios del centro y de sus servicios, sistema de participación de los usuarios y tutores y sistema de pago de servicios.

Derechos de los usuarios

  1. A no ser discriminado por razón de raza, religión, ideología o cualquier otra condición o circunstancias personales o sociales.
  2. A que se respete su personalidad, dignidad humana e intimidad.
  3. A la confidencialidad en cualquier información relacionada con su proceso de tratamiento, excepto si existe una petición judicial de algún dato de su historia clínica.
  4. A la atención individualizada, según sus necesidades específicas, proporcionándole una asistencia técnica correcta, con los medios profesionales disponibles, y con los mínimos riesgos, dolor y molestias, tanto físicas cómo psíquicas.
  5. A recibir información oral o de forma escrita en lo referente a su proceso, pudiendo participar en la toma de decisiones.
  6. A conocer los cauces formales para formular quejas y sugerencias, mediante hojas de reclamaciones y buzón de sugerencias.
  7. A no continuar con el tratamiento solicitando el alta voluntaria, si así lo desea.
  8. El familiar responsable tendrá derecho a ser informado sobre los tratamientos (previo consentimiento del usuario), asistir y participar en las entrevistas que se concierten, así cómo recibir información de aquellas decisiones urgentes que deban ser adoptadas en relación al usuario y las que puedan incidir en la salud o situación del mismo.

Deberes de los usuarios

  1. Conocer, respetar y cumplir las normas establecidas en el reglamento de régimen interior.
  2. Respetar a los profesionales encargados de la atención a los usuarios, así cómo las decisiones que se tomen para el correcto cumplimiento del programa terapéutico, colaborando con dichos profesionales en la resolución de los problemas que se planteen.
  3. Abstenerse de realizar actividades ilícitas en las dependencias del centro 
  4. Respetar al resto de los usuarios del centro.
  5. El familiar responsable tiene el deber de conocer y cumplir este reglamento, así como de cumplir las indicaciones que se establezcan para la correcta atención a los usuarios.

Reglas de funcionamiento

El centro es de carácter ambulatorio y como tal la atención se realizará mediante la atención directa del paciente con citas programadas con los profesionales y distribuidas a lo largo del horario de atención.

Estas citas podrán tener un carácter individual, familiar o grupal, dependiendo de lo establecido en el programa terapéutico individualizado.

En cualquier caso no se realizarán consultas, cuando se considere que el paciente está bajo los efectos de alguna sustancia tóxica, y esto impida el normal desarrollo de la asistencia.

Los informes realizados estarán firmados por el equipo terapéutico en su conjunto, por alguno de los técnicos responsables de forma individual, o por la propia dirección del centro, teniendo en cuenta las características de la información aportada.

No se permite la entrada de animales a las consultas.

La no asistencia a una cita programada o el retraso en esta, deberá ser justificada suficientemente, quedando en cualquier caso supeditado al terapeuta el cambio de hora y día para dicha cita.

La falta reiterada a citas programadas podrá suponer el cese de la relación terapéutica.

Se pueden solicitar informes sobre el proceso terapéutico, o justificaciones de asistencia, de forma personal por el propio paciente, y con la suficiente antelación.

Los análisis de metabolitos en orina se realizarán en el propio centro, según la frecuencia acordada en el programa terapéutico, y podrán ser presenciales. En caso de no poder acudir el paciente los traerá el familiar responsable o alguien bajo su responsabilidad. En cualquier caso queda bajo la supervisión de los profesionales del centro la validez de dichos análisis.

Estos análisis serán enviados semanalmente a un laboratorio para la determinación de los resultados.
Los profesionales del centro no se responsabilizan de posibles errores u omisiones en la recogida, transporte y realización de los análisis de metabolitos y sangre. En cualquier caso las modificaciones o intentos de alteraciones de dichos análisis, serán tenidas en cuenta en el programa terapéutico establecido, pudiendo incluso suponer el cese de la relación terapéutica.

La alteración del orden público, peleas o tráfico de sustancias en el centro o los alrededores de las dependencias supondrá el cese de la relación terapéutica.

Usuarios y trabajadores del centro dispondrán las medidas necesarias para se consigan unas normales condiciones higiénicas del mismo.

En cuanto a los fumadores, se dispondrá sobre lo establecido por la normativa vigente, para los centros públicos.

Régimen de admisiones y bajas

La atención en el centro no supone coste alguno para el usuario.

Se atenderá a cualquier persona y/o familiar, que presente de forma voluntaria una demanda de atención y/o información, por problemas relacionados con el uso de drogas y/o adicciones sin drogas, que procedan del ámbito territorial determinado por la comarca de Antequera, bien por contacto directo o derivados del sistema de salud, servicios sociales u otros colectivos, así cómo a usuarios derivados del sistema judicial, siempre que no se opongan a realizar tratamiento.

Son susceptibles de atención prioritaria los menores, las embarazadas, las situaciones de emergencia social y personas en tratamiento que salgan de Hospital, Prisión, Comunidad Terapéutica o derivados de otros centros de tratamiento.

Existen varias modalidades de conclusión de la relación terapéutica:

  1. Alta Terapéutica: el paciente ha concluido su programa terapéutico de forma satisfactoria
  2. Alta voluntaria: el paciente finaliza la relación terapéutica sin que se hayan alcanzado los objetivos propuestos de forma satisfactoria, manifestando su voluntad de concluir dicha relación
  3. Alta por abandono: El paciente abandona el tratamiento
  4. Alta por derivación: El paciente es derivado a otro recurso terapéutico.
  5. Alta por defunción: El paciente fallece durante el tratamiento
  6. Alta disciplinaria: El paciente es expulsado por incumplimiento de las normas de régimen interior.

Sistema de participación de los usuarios

Se considera usuario del centro a toda aquella persona que demande cualquier tipo de información o solicitud al respecto y/o precise la realización de una intervención o tratamiento, relacionados de alguna forma con la existencia de una problemática derivada del uso de drogas y o relativa a aspectos preventivos sobre el consumo de dichas sustancias.

En cualquier caso todo usuario tiene derecho a recibir la información necesaria y suficiente, y en el caso de que estén recibiendo tratamiento, a recibir información periódica y/o puntual sobre la situación de su tratamiento, en la forma que se determine (oral o escrita), quedando supeditada la aportación de dicha información únicamente a la disponibilidad de tiempo, por parte de los trabajadores del centro. En cualquier caso esta información se hará efectiva únicamente a los propios pacientes o familiares y/o similares, con la aprobación de aquellos. En el caso del sistema judicial se estará a lo que disponga el imperativo legal, y el código ético profesional.

Esta participación también queda definida por otros posibles procesos terapéuticos en los que esté participando el paciente, o de las modificaciones de aquellos, de los cuales el propio paciente deberá informar con la premura suficiente a los terapeutas del centro.

Se establece un sistema de quejas y reclamaciones para los usuarios.

Las quejas y reclamaciones se dirigirán al Area de Asuntos Sociales, quién resolverá según lo previsto en la Ley de Procedimiento Administrativo.

Horario

El horario de atención del centro es de Lunes a Viernes de 7,30 hs. a 15 hs., durante todo el año, exceptuando fiestas y festividades de ámbito nacional, autonómico, local y laboral.


El presente reglamente entrará en vigor a partir del día 1 de Noviembre de 2014.