Abierto el plazo de solicitud para la exención de las tasas por terrazas en suelos de uso público de Antequera hasta el próximo lunes 14 de enero

El Área de Comercio del Ayuntamiento de Antequera informa que, hasta el próximo lunes 14 de enero, está abierto el plazo para la presentación de solicitudes de cara a aquellos establecimientos hosteleros que quieran optar a la exención de las tasas por ocupación de terrenos de uso público por mesas y sillas con finalidad lucrativa. Se trata del octavo año en el que está vigente esta iniciativa del Equipo de Gobierno del Ayuntamiento para ayudar a las empresas del sector, favorecer la apertura de establecimientos y fomentar el empleo.

La teniente de alcalde delegada de Turismo, Comercio y Promoción para el Empleo del Ayuntamiento de Antequera, Belén Jiménez, confirma que ya está abierto el plazo de presentación de solicitudes para optar a la exención de las tasas por ocupación de terrenos de uso público por mesas y sillas con finalidad lucrativa. Las solicitudes se deben presentar en el Registro del Ayuntamiento hasta el día 14 de enero, condicionándose su aprobación al cumplimiento de los establecido en la ordenanza fiscal número 18 y en la ordenanza municipal reguladora de la instalación de terrazas y plataformas para veladores.

Se trata del octavo año consecutivo en el que está vigente esta opción de exención de la tasa por terrazas, recordándose que la normativa vigente condiciona dicha exención a que los establecimientos hosteleros tengan que estar abiertos al público un mínimo de diez horas diarias; estarán abiertos seis días a la semana y el día de cierre del mismo no podrá pueda realizarse en viernes, sábado, domingo o día festivo, siendo además requisito que el calendario de apertura comprenda del 1 de marzo al 31 de octubre. Además, la hora máxima establecida para comenzar la actividad será a las 12 horas.

Jiménez recuerda que con esta medida se pretende desarrollar un doble objetivo: reducir impuestos a pequeñas y medianas empresas del sector y contribuir a una mayor apertura de estos establecimientos de cara a fomentar el Turismo y la oferta hostelera que se ofrece tanto a visitantes como a vecinos de la ciudad, fomentando así el consumo en la misma y la creación de empleo.

Consideraciones de interés para los interesados

La solicitud ha de ir debidamente cumplimentada, acompañada de fotocopia del N.I.F. no caducado del titular del establecimiento, en el caso de que sea persona jurídica también fotocopia de poderes de representación, croquis a escala de los elementos propuestos, y fotografía en color de los mismos. Además declaración responsable de cumplimiento de los requisitos necesarios para acogerse a la exención debidamente cumplimentada, así como indicar el horario de apertura al público de la terraza, conforme a lo dispuesto en el Art. 5 de la Ordenanza Fiscal Reguladora.

Se pone en conocimiento también de todos los titulares de establecimientos de hostelería que, conforme a lo dispuesto en el “Decreto 155/2018 de 31/07 por el que se aprueban el Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de Andalucía, y se regulan sus modalidades, régimen de apertura o instalación y horarios de apertura y cierre”, puedan previa autorización municipal, instalar mesas y sillas en la vía pública, y que quieran acogerse a la exención de la tasa por dicha ocupación, que conforme a lo dispuesto en el Art. 5 de la vigente Ordenanza Fiscal nº 18, reguladora de las tasas por la ocupación de terrenos de uso público con mesas y sillas con finalidad lucrativa, así como plataformas, pérgolas, estructuras cubiertas con toldos, vallas y elementos fijos similares donde se instalan mesas y sillas, QUE EL PLAZO PARA SOLICITAR LA OCUPACIÓN FINALIZA EL PRÓXIMO 14/01/2019.

En la solicitud de autorización de ocupación de la vía pública, habrán de incluirse todos los elementos móviles que se desean instalar, (mesas, sillas, barriles, toldos, sombrillas, maceteros, etc.).

Los modelos de solicitud de autorización para la ocupación de la vía pública con los elementos móviles antes indicados, y el modelo declaración responsable para acogerse a la exención, podrán descargarse en la página web municipal, www.antequera.es, dentro de la sección de actividades en la plataforma de descarga de solicitudes.