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  • Modelo DECLARACIÓN RESPONSABLE PARA OCUPACION / UTILIZACION / CAMBIO DE USO acogidas al artículo 138 de la Ley 7/2021 de 1 de diciembre  de Impulso para la sostenibilidad del Territorio

Descripción:

  • Están sujetas a declaración responsable ante el Ayuntamiento las siguientes actuaciones urbanísticas:

a. Las obras de escasa entidad constructiva y sencillez técnica que no requieran proyecto de acuerdo con la legislación vigente en materia de edificación.

b. Las obras en edificaciones e instalaciones existentes, en suelo urbano consolidado y conformes con la ordenación urbanística, que no alteren los parámetros de ocupación y altura, ni conlleven incrementos en la edificabilidad o el número de viviendas.

c. La ocupación o utilización de las obras del apartado anterior, siempre que las edificaciones e instalaciones se encuentren terminadas y su destino sea conforme a la normativa de aplicación.

d. La ocupación o utilización de las edificaciones o instalaciones amparadas en licencia previa o declaración responsable de obras, siempre que se encuentren terminadas y ajustadas a estas y su destino sea conforme a la normativa de aplicación.

e. La ocupación y utilización en edificaciones existentes que sean conformes con la ordenación vigente o se encuentren en situación legal de fuera de ordenación, situadas en suelo urbano no sometido a actuaciones de transformación urbanística, siempre que no hayan sido objeto de obras.

f. Los cambios de uso en edificaciones, o parte de ellas que sean conformes con la ordenación territorial y urbanística o se encuentren en situación legal de fuera de ordenación, situadas en suelo urbano no sometido a actuaciones de transformación urbanística, siempre que no incrementen el número de viviendas y el uso a implantar se encuentre dentro de los permitidos por dicha ordenación.

  • Cuando las actuaciones del apartado anterior requieran de alguna autorización o informe administrativo previo para el ejercicio del derecho conforme a la normativa sectorial de aplicación no podrá presentarse la declaración responsable sin que la misma se acompañe de los mismos o, en su caso, del certificado administrativo del silencio producido.
  • La declaración responsable faculta para realizar la actuación urbanística pretendida en la solicitud desde el día de su presentación, siempre que vaya acompañada de la documentación requerida en cada caso, y sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección posterior que correspondan.
  • De conformidad con lo previsto en la legislación básica de Procedimiento Administrativo Común, por resolución de la Administración Pública competente se declarará la imposibilidad de continuar la actuación solicitada, o el cese de la ocupación o utilización en su caso, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiere lugar, desde el momento en que se tenga constancia de alguna de las siguientes circunstancias:
    • a) La inexactitud, falsedad u omisión de carácter esencial en cualquier dato, manifestación o documento que se acompañe o incorpore a la declaración responsable.
    • b) La no presentación, ante la Administración competente, de la declaración responsable de la documentación requerida, en su caso, para acreditar el cumplimento de lo declarado.
    • c) La inobservancia de los requisitos impuestos por la normativa aplicable.
    • d) El incumplimiento de los requisitos necesarios para el uso previsto. En este caso, si la Administración no adopta las medidas necesarias para el cese del acto o uso en el plazo de seis meses, será responsable de los perjuicios que puedan ocasionarse a terceros de buena fe por la omisión de tales medidas, de conformidad con la legislación básica en materia de suelo.

Documentación a aportar:

  • En todos los supuestos: - Fotografías a color de cada fachada - Fotocopia del impreso de Declaración en Catastro Inmobiliario con sello de registro de entrada en su organismo correspondiente - Plano de situación y emplazamiento - Planos acotados de alzados, sección y distribución de cada planta de la obra realmente ejecutada o existente.

  •  Documentación justificativa de la puesta en funcionamiento de las instalaciones ejecutadas en el inmueble conforme a su normativa reguladora: - INSTALACIÓN ELÉCTRICA - INSTALACIÓN FONTANERÍA / SANEAMIENTO - En caso de edificios o conjunto de edificaciones de más de 20 viviendas, certificado de Fin de Obra firmado por el Ingeniero Técnico en Telecomunicaciones que haya actuado como director de obra, acompañada de BOLETÍN DE INSTALACIÓN Y PROTOCOLO DE PRUEBAS.

    - Otras instalaciones distintas (indique tipo) - Certificación emitida por las empresas suministradoras de los servicios públicos, de la correcta ejecución de las acometidas de las redes de suministros.

    - Documentación acreditativa del cumplimento de las condiciones de protección contra incendios de los edificios conforme a la normativa en vigor.

    (Si queda sometido a informe del Consorcio Provincial de Bomberos se aportará informe favorable tras inspección final) - En el supuesto de que la edificación incluya una piscina de uso comunitario, debe adjuntar impreso cumplimentado de Declaración Responsable, presentado ante el organismo correspondiente, sobre el cumplimiento de las normas y demás requisitos técnicos/sanitarios establecidos en el Reglamento Sanitario de Piscinas de Uso Colectivo.

    - Cualquier otra autorización, documentación o informe previo sectorial (indicar tipo, en su caso):

  • EDIFICACIONES AMPARADAS EN LICENCIA DE OBRAS de nueva construcción, ampliación, modificación, reforma o rehabilitación que requiriesen proyecto técnico: - Fotocopia de Licencia Municipal de Obras - Documento acreditativo del coste de ejecución de las obras - CERTIFICADO, acreditativo de la efectiva y completa finalización de las obras suscrito por técnico competente y visado por el Colegio Profesional (cuando así lo exija la normativa estatal) - DECLARACIÓN (del mismo técnico referido en el apartado anterior) sobre la CONFORMIDAD de las obras ejecutadas con el proyecto autorizado por la Licencia de Obras correspondiente.

    - CERTIFICADO ENERGÉTICO Andaluz de edificio terminado.

    - INFORME DE ENSAYO que justifique el cumplimiento del DB-HR (CTE), de acuerdo con el Decreto 6/2012, de 17 de enero.

  • EDIFICACIONES EXISTENTES y/o CAMBIO DE USO en las que no sea preciso la ejecución de ningún tipo de obra reforma o adaptación - CERTIFICADO, DESCRIPTIVO Y GRÁFICO, suscrito por TÉCNICO COMPETENTE y visado por el Colegio Profesional (cuando así lo exija la normativa estatal) en el que conste: - Fecha de terminación de obra - Descripción del estado de conservación del inmueble - Instalaciones con que cuenta el edificio - Acreditación sobre la conformidad del uso a que se destina de acuerdo con la normativa urbanística - Acreditación, en función de las circunstancias anteriores, de la APTITUD de la edificación para destinarse al uso previsto.

    - Identificación catastral y registral del inmueble - Condiciones urbanísticas vigentes.

Unidad tramitadora:

  • Sección de Urbanismo, Ordenes de Ejecución y Planeamiento.

Lugar de entrega:

  • Edificio antiguo hospital de San Juan de Dios
  • Registro General del Ayuntamiento

    • C/ Infante don Fernando, 70

  • Sede electrónica del Excmo. Ayuntamiento de Antequera, con Certificado Digital.

Horario:

  • De 10:00 h. a 14:00 h.

Legislación aplicable:

  • Ley 7/85 de 2 de abril, Reguladora de las bases del Régimen Local.

  • Real Decreto Legislativo 7/2015 de 30 de octubre, del Texto refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana.

  • Ley 7/2021 de 1 de diciembre, Ley de impulso para la sostenibilidad del territorio.

  • Decreto 60/2010 de 16 de marzo, del Reglamento de Disciplina Urbanística de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

  • P.G.O.U. de Antequera de 2010.

  • Ley 38/99 de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación.

  • Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

  • Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.